Derecho Posesorio & Título de Propieda en Panamá
Abril 13 de 2025
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🏞️El derecho Posesorio es la figura legal que permite a la persona ocupar una propiedad (inmueble o terreno del estado), realiza alguna mejora y eventualmente llega a tener el título de propiedad. Este derecho lo basan en la idea de que la tierra es importante y el estado le da la oportunidad a los ciudadanos con escasos recursos, usar tierras para trabajar y construir viviendas.
Para que una persona pueda Reclamar un Derecho Posesorio, se debe probar una ocupación pacífica e ininterrumpida del terreno por más de cinco (5) años como minimo, con ánimo de dueño y materialmente.
Requerimientos :
💰La persona debe presentar una variedad de documentos como pruebas, documentos de autoridades legales, certificados de alcaldías,juez de paz, declaraciones de testigos, fotografías, peritajes y contratos de servicios públicos. El proceso para obtener el derecho posesorio puede variar dependiendo de si el solicitante es una persona natural o jurídica.
Las personas jurídicas deben presentar documentos adicionales como poder notariado, certificación de existencia de la sociedad, actas de junta directiva y fotocopias de cédulas de identidad.
Importante: Las personas naturales deben presentar su solicitud personalmente y llevar una fotocopia de la cédula de identidad.
Titulo de Propiedad
🛣️Título de Propiedad es el certificado o documento legal que se obtiene como dueño de una propiedad o terreno ya sea del estado o privado y se necesita para legitimar la propiedad, demostrando el pleno dominio y registro legal en el Registro Público. Para titular el terreno o propiedad se necesita crear el archivo oficial, se debe inspeccionar el terreno con un ingeniero oficial, publicación de avisos, aprobación del estudio oficial y tasación de la propiedad.
Luego, se realiza el pago al gobierno y se emite la resolución oficial que otorga el título, que debe registrarse en el Registro Público.
La propiedad se transferirá oficialmente al nuevo propietario una vez que el título de propiedad esté a su nombre y registrado.
Autor: IBB